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Discriminación por Embarazo y Discriminación por Discapacidad Relacionada con el Embarazo

La discriminación por embarazo es ilegal. La EEOC hace cumplir tres leyes federales que protegen a las solicitantes de empleo y a las empleadas embarazadas.

La primera ley es el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, enmendada por la Ley de Discriminación por Embarazo, que se llama "Título VII". Prohíbe la discriminación sexual, incluida la discriminación por embarazo. La discriminación por "embarazo" bajo el Título VII puede basarse en:

La segunda ley es la Ley de Igualdad de las Trabajadoras Embarazadas, que se llama “PWFA”. La PWFA requiere que un empleador cubierto proporcione una  adaptación razonable a la limitación conocida de un trabajador relacionada con el embarazo, el parto o condiciones médicas relacionadas, a menos que la adaptación le cause al empleador una dificultad excesiva.

La tercera ley es la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, que se llama “ADA”. La ADA prohíbe la discriminación contra un solicitante o empleado en base a una discapacidad, incluida una discapacidad relacionada con un embarazo, como la diabetes que se desarrolla durante el embarazo. Si bien el embarazo en sí no es una discapacidad según la ADA, algunas trabajadoras embarazadas pueden tener uno o más impedimentos relacionados con su embarazo que califican como una "discapacidad" según la ADA. Es posible que un empleador tenga que proporcionarle a esa trabajadora una adaptación razonable para la discapacidad relacionada con el embarazo.

La ADA también requiere que los empleadores mantengan toda la información y los registros médicos, incluidos los relacionados con el embarazo, confidenciales y en archivos médicos separados.

Situaciones de Embarazo y Trabajo 

El Título VII y la ADA cubren la discriminación laboral en todos los aspectos del empleo, incluidos:

  • La contratación o el proceso de solicitud y selección de puestos de trabajo;
  • Pago, asignaciones de trabajo o promociones;
  • Capacitación, beneficios para empleados o cualquier otro término o condición de empleo; y
  • Despido de un trabajo, reducción de horas, despido o terminación del empleo.

Embarazo y Adaptaciones en el Lugar de Trabajo

Según la PWFA, un empleador debe acomodar la limitación conocida de un trabajador relacionada con el embarazo, el parto o condiciones médicas relacionadas, en ausencia de dificultades excesivas. La PWFA también prohíbe que un empleador obligue a un trabajador a aceptar una adaptación, en ausencia de ciertos pasos, y prohíbe que un empleador requiera que un trabajador tome una licencia si hay otra adaptación que no cause una dificultad excesiva que le permita al trabajador permanecer en el trabajo. el trabajo.

Los trabajadores también pueden tener derecho a adaptaciones bajo el Título VII o la ADA.

Embarazo y Acoso

Es ilegal acosar a una trabajadora por embarazo, parto o una condición médica relacionada con el embarazo o parto o por una discapacidad física o mental relacionada con el embarazo.

Obtenga más información sobre el acoso.

Trabajadoras con Responsabilidades de Cuidado

La discriminación contra los padres que trabajan y otras personas con responsabilidades de cuidado fuera del trabajo viola el Título VII si se basa en el sexo. Según la ADA, los empleadores no pueden discriminar a los empleados porque se asocian con una persona con discapacidad al cuidar de esa persona, por ejemplo.

Obtenga más información sobre la discriminación de los cuidadores.

Represalias e interferencia

El Título VII, la PWFA y la ADA protegen a los trabajadores contra represalias. Es ilegal que un empleador tome represalias contra los trabajadores por participar en el proceso de igualdad de oportunidades en el empleo o por oponerse a cualquier práctica ilegal según las leyes contra la discriminación.

La PWFA y la ADA también hacen que sea ilegal interferir con los derechos bajo la PWFA y la ADA.

Obtenga más información sobre las represalias y la interferencia.

Embarazo y Otras Leyes del Lugar de Trabajo

Las trabajadoras embarazadas y los nuevos padres pueden tener derechos adicionales bajo la Ley de Ausencia Familiar y Médica (FMLA). Los trabajadores que necesitan extraer leche materna en el lugar de trabajo pueden tener derechos adicionales bajo la Ley de Normas Laborales Justas (FLSA). Ambas leyes son aplicadas por la División de Horas y Salarios del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos.

Algunas leyes estatales brindan protecciones adicionales, que incluyen adaptaciones para trabajadoras embarazadas, licencia con protección del trabajo no remunerado y remunerado, protecciones contra la discriminación y derechos adicionales relacionados con la lactancia.

Qué Hacer si Cree que Sufrió Discriminación

Si es una solicitante de empleo o una empleada que cree que un empleador la ha discriminado debido a su embarazo o a su discapacidad relacionada con el embarazo, puede presentar un cargo de discriminación ante la EEOC. Obtenga más información sobre cómo presentar una denuncia por discriminación.

Si es un solicitante de empleo federal o un empleado en esta situación, puede tomar medidas presentando una queja ante la agencia federal correspondiente.

Cobertura de empleadores

Empleadores con 15 empleados o más.

 

Plazos

Plazo de 180 días para presentar un cargo. (Puede extenderse según leyes estatales).

Los empleados federales tienen 45 días para comunicarse con un asesor de igualdad de oportunidades en el empleo (EEO, por sus siglas en inglés).