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Descripción General Del Proceso De Queja De EEO Del Sector Federal

Si usted es empleado federal o solicitante de empleo, la ley lo protege contra la discriminación por motivos de raza, color, religión, sexo (incluido el embarazo), origen nacional, edad (40 años o más), discapacidad o información genética. La ley también lo protege contra la represalia si se opone a la discriminación laboral, presenta una queja por discriminación o participa en el proceso de queja de igualdad de oportunidades en el empleo (EEO, por sus siglas en inglés) (incluso si la queja no es suya).

También existen leyes y reglamentaciones federales y órdenes ejecutivas (que no hace cumplir la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo [EEOC, por sus siglas en inglés]) que prohíben la discriminación por otros motivos, como orientación sexual, estado civil, condición de padre/madre o afiliación política.

Si usted es empleado federal o solicitante de empleo y cree que una agencia federal lo ha discriminado, tiene derecho a presentar una queja. Todas las agencias deben publicar la información sobre cómo comunicarse con la Oficina de EEO de la agencia. Para comunicarse con el asesor de EEO, deberá llamar a la oficina responsable del programa de quejas de EEO de la agencia.

Asesor de EEO

El primer paso es comunicarse con un asesor de EEO en la agencia donde trabaja o donde presentó la solicitud de empleo. Por lo general, deberá comunicarse con el asesor de EEO en un plazo de 45 días a partir del momento en que ocurrió la discriminación.

En la mayoría de los casos, el asesor de EEO le dará la oportunidad de participar en el asesoramiento en EEO o en un programa de resolución alternativa de disputas (ADR, por sus siglas en inglés), como un programa de mediación.

Si no resuelve la disputa durante el asesoramiento ni mediante una ADR, podrá presentar una queja formal por discriminación contra la agencia ante la Oficina de EEO de la agencia. Deberá presentarla en un plazo de 15 días a partir de la fecha en que reciba la notificación del asesor de EEO sobre cómo realizar la presentación.

Presentación de una queja formal

Una vez que haya presentado una queja formal, la agencia revisará la queja y decidirá si el caso debe o no ser desestimado por algún motivo relativo al procedimiento (por ejemplo, su queja fue presentada muy tarde).

Si la agencia no desestima la queja, se llevará a cabo una investigación. La agencia tendrá 180 días a partir del día en que usted presente la queja para finalizar la investigación.

Una vez finalizada la investigación, la agencia emitirá una notificación en la que le dará dos opciones: solicitar una audiencia ante un juez administrativo de la EEOC o solicitarle a la agencia que emita una decisión respecto de si hubo o no discriminación.

Emisión de una decisión (medida final) por parte de la agencia

Si le solicita a la agencia que emita una decisión y se determina que no hubo discriminación, o si no está de acuerdo con alguna parte de la decisión, podrá apelar la decisión ante la EEOC o refutarla en un tribunal de distrito federal.

Solicitud de audiencia

Si desea solicitar una audiencia, deberá realizar la solicitud por escrito en un plazo de 30 días a partir de la fecha en que reciba la notificación de la agencia sobre sus derechos a audiencia. Si solicita una audiencia, un juez administrativo de la EEOC llevará a cabo la audiencia, tomará una decisión y ordenará una reparación si hubo discriminación.

Una vez que la agencia reciba la decisión del juez administrativo, esta emitirá lo que se denomina una orden final, que le indicará si la agencia coincide con el juez administrativo y si concederá la reparación que ordenó el juez. La agencia tendrá 40 días para emitir la orden final. También incluirá información sobre su derecho a apelar ante la EEOC, su derecho a presentar una acción civil ante un tribunal de distrito federal y la fecha límite para presentar la apelación y la acción civil.

Presentación de una apelación de la orden final de la agencia

Usted tiene derecho a apelar una orden final de la agencia (incluida una orden final que desestime su queja) ante la Oficina de Operaciones Federales de la EEOC. Deberá presentar su apelación a más tardar 30 días después de la recepción de la orden final.

Los abogados de apelación de la EEOC revisarán todo el expediente, incluida la investigación de la agencia, la decisión del juez administrativo, la transcripción de lo que se dijo en la audiencia (si hubo una audiencia) y todas las declaraciones relacionadas con la apelación.

Si la agencia no está de acuerdo con alguna parte de la decisión del juez administrativo, deberá apelar ante la EEOC.

Solicitud de reconsideración de la decisión de apelación

Si no está de acuerdo con la decisión de la EEOC sobre su apelación, podrá solicitar una reconsideración de esa decisión. Una solicitud de reconsideración solo se otorga si puede demostrar que la decisión está basada en un error respecto de los hechos del caso o la ley aplicada a los hechos. Deberá solicitar una reconsideración a más tardar 30 días después de la recepción de nuestra decisión sobre su apelación.

Una vez que la EEOC haya emitido una decisión sobre la apelación, la agencia también tendrá derecho a solicitarle a la EEOC que reconsidere esa decisión.

Una vez que hayamos tomado una decisión sobre su solicitud de reconsideración, la decisión será definitiva.

Presentación de una demanda

Deberá pasar por el proceso administrativo de queja antes de poder presentar una demanda. Sin embargo, hay varios momentos diferentes durante el proceso en los que tendrá la oportunidad de retirarse del proceso y presentar una demanda ante un tribunal; por ejemplo:

  • Transcurridos 180 días de la fecha en que presentó su queja, si la agencia no emitió una decisión y no se ha presentado ninguna apelación.
  • En un plazo de 90 días a partir de la recepción de la decisión de la agencia sobre su queja, siempre y cuando no se haya presentado ninguna apelación.
  • Transcurridos 180 días a partir de la fecha en que presentó su apelación si la EEOC no emitió una decisión.
  • En un plazo de 90 días a partir de la fecha en que recibió la decisión de la EEOC sobre su apelación.