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Discriminación por discapacidad

Las leyes puestas en vigor por la EEOC contra la discriminación por discapacidad otorgan a los solicitantes de empleo y los empleados cuatro derechos básicos:

  • Las leyes puestas en vigor por la EEOC prohíben que un patrono te trate de manera diferente, o menos favorable, porque tú o un amigo, pariente u otra persona con la que te asocias tiene una discapacidad, tiene una historia de haber tenido una vez una discapacidad o es tratada como si tuviera una discapacidad.
  • Las leyes puestas en vigor por la EEOC prohíben el hostigamiento en el trabajo, por parte de gerentes, compañeros u otras personas del lugar de trabajo, en base a la discapacidad de una persona.
  • Las leyes puestas en vigor por la EEOC te otorgan el derecho a pedir cambios razonables en el lugar de trabajo que te permitan solicitar el empleo, realizar el trabajo, tener acceso al lugar de trabajo o gozar de los mismos beneficios disponibles para otros empleados. Estos pedidos se denominan "acomodos razonables". Aunque tu patrono no tenga que concederte cada pedido de cambio en el lugar de trabajo, debe considerar cuidadosamente cada pedido y analizar si es posible.
  • Las leyes puestas en vigor por la EEOC ponen límites estrictos a lo que un patrono puede preguntarte acerca de tu salud y requieren que el patrono mantenga cualquier información médica que compartas con él en privado. Tu patrono no puede comentar tu información médica con otros, salvo que necesiten conocerla.
  • Las leyes puestas en vigor por la EEOC le protegen de ser castigados o acosados en el trabajo porque usted o alguien con quien usted se asocia estrechamente (por ejemplo, un pariente o amigo cercano) se queja de discriminación por discapacidad. A esto le llamamos su derecho a ser protegidos contra represalias.

El Congreso aprobó recientemente una nueva ley, el Acta de Enmiendas del 2008 del Acta de Americanos con Discapacidades, que hace que sea más fácil para una persona establecer que él o ella tienen una condición médica cubierta por la ley. Incluso con esta nueva ley, determinar si se ha producido la discriminación por discapacidad puede ser complicado. Debe llamar a la EEOC al 1-800-669-4000 si cree que puede haber sido violada la ley.

No todas las condiciones médicas están cubiertas por las leyes puestas en vigor por la EEOC. Puede ser complicado determinar si una persona con una condición médica en particular está cubierta, y puede variar de persona a persona. Debes llamar a la EEOC al 1-800-669-4000 si piensas que pudo haberse violado la ley pero no estás seguro si tu condición médica está cubierta.

Una persona con una discapacidad, como todos los otros solicitantes de empleo o empleados, debe poder realizar el empleo que solicita o que tiene con o sin acomodos razonables. Un patrono no tiene la obligación de contratar o retener a una persona que no puede realizar la mayor parte de las tareas involucradas en su trabajo debido a una discapacidad.

Si quieres obtener más información después de haber leído las preguntas más frecuentes, visita los Datos de la EEOC en Discriminación por discapacidad.