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Tus Derechos

Las leyes puestas en vigor por la EEOC otorgan cuatro derechos básicos a los solicitantes de empleo y empleados que trabajan en EE.UU. Las leyes se aplican a solicitantes de empleo, empleados y ex empleados, sin importar la ciudadanía ni estado de autorización de trabajo. Los empleados de tiempo completo, de medio tiempo, estacionales y temporeros están protegidos si trabajan para un patrono cubierto. Todas las agencias del gobierno federal y la mayoría de los otros patronos con al menos 15 empleados están cubiertos por nuestras leyes. La mayoría de los sindicatos y agencias de empleo también están cubiertos. Si trabajas para uno de estos patronos, tienes el derecho a:


Trabajar sin discriminación

Tienes el derecho a trabajar sin discriminación. Esto significa que tu patrono no puede tomar decisiones laborales por tu raza, color, religión, sexo (incluyendo el embarazo, orientación sexual e identidad de género), origen nacional, discapacidad o información genética. Tu patrono tampoco puede discriminar contra empleados de 40 o mas años de edad. Este derecho se aplica a todos los tipos de decisiones laborales, incluyendo la contratación, el despido, los ascensos, el entrenamiento, los salarios y los beneficios.


Trabajar sin hostigamiento

Tienes el derecho a trabajar en un ambiente sin hostigamiento basado en la raza, el color, la religión, el sexo (incluyendo el embarazo, identidad de género y orientación sexual), el origen nacional, la discapacidad o la edad (40 años o más).


Quejarte por discriminación en el empleo sin ser castigado

Tienes el derecho a quejarte por los tratos que crees que constituyen discriminación en el empleo. Tu patrono no puede castigarte, tratarte de manera diferente ni hostigarte si reportas discriminación en el empleo o ayudas a que alguien reporte discriminación en el empleo, aunque resulte que la conducta no era ilegal. Esto se denomina tu derecho a estar protegido contra las represalias.


Pedir Cambios en el Lugar de Trabajo Debido a tu Religión, Discapacidad, or Embarazo, Parto o Condiciones Médicas Relacionadas

Tienes el derecho a pedir cambios razonables en el lugar de trabajo debido a tus creencias religiosas, condición médica o embarazo, parto o condiciones médicas relacionadas. Aunque tu patrono no tenga la obligación de concederte cada pedido, debe considerarlos cuidadosamente y analizar si serían posibles.


Mantener tu información médica en privado

Tienes el derecho a mantener cualquier información médica que compartas con tu patrono en privado. Tu patrono no puede comentar tu información médica con otras personas, a menos que necesiten conocer esa información. Las leyes puestas en vigor por la EEOC también ponen límites estrictos a qué puede preguntar un patrono acerca de tu salud.


Puedes tener derechos adicionales en el lugar de trabajo bajo otras leyes federales, estatales o locales, o bajo las políticas propias de la empresa. Por ejemplo, otras leyes federales requieren que tu patrono te pague un salario mínimo por hora y que te proporcione un ambiente de trabajo seguro. Las leyes estatales y locales pueden ofrecerte protección más amplia que las leyes puestas en vigor por la EEOC, especialmente si trabajas para un patrono más pequeño o si crees que el trato injusto se debe a tu inclinación sexual, edad (si eres menor de 40 años) o alguna otra razón que no está cubierta por la ley federal. Para obtener más información, debes:

  • Consultar la página de la EEOC sobre otros recursos para trabajadores jóvenes.
  • Pedir a tu empresa copias de las políticas que se aplican a tu trabajo.
  • Llamar a la EEOC al 1-800-669-4000.