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Hoja de información sobre la resolución alternativa de disputas del sector federal

El uso de las técnicas de resolución alternativa de disputas (ADR, por sus siglas en inglés) por parte de organismos federales ha aumentado radicalmente en el proceso de igualdad de oportunidades en el empleo (EEO, por sus siglas en inglés). En 1998, el estudio de ADR de la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo sobre Programas de ADR para la EEO en el sector federal informó que más de la mitad de los organismos federales encuestados tenía programas de ADR activos. A partir del 1.° de enero de 2000, se exigió que todos los organismos federales establecieran o pusieran a disposición un programa de ADR durante las etapas previas a las quejas y las etapas de quejas formales del proceso de EEO. Consulte Título 29, Sección 1614.102(b)(2) del Código de Reglamentaciones Federales (C.F.R., por sus siglas en inglés). A fin de aprovechar el éxito de los programas de ADR en el sector federal, es fundamental que los reclamantes y los funcionarios de gestión comprendan el proceso de ADR y participen en este.

¿Qué es una resolución alternativa de disputas (ADR)?

En términos generales, la ADR se refiere a una serie continua de procesos y enfoques que están diseñados para resolver disputas de una manera que evita el costo, la demora y la imprevisibilidad de los procesos conflictivos y resolutorios más tradicionales. Existen diversos tipos de técnicas de ADR, entre las que se incluyen la mediación, la facilitación, la búsqueda de hechos, la evaluación temprana neutral, el uso de un Defensor, las conferencias de resolución, los minijuicios y la revisión realizada por colegas. El Capítulo 3 de la Directiva de Gestión 110 (MD, por sus siglas en inglés)(En Inglés)de EEO proporciona una descripción detallada de cada una de estas técnicas.

Todos los organismos tienen la facultad de crear su propio programa exclusivo de ADR que mejor se adapte a su entorno de oficina en particular. La mediación ha sido la forma más popular de ADR ofrecida por los organismos federales en el proceso de EEO. Más del 87 por ciento de los organismos que respondieron la encuesta sobre ADR realizada en 1998 por la EEOC declararon que la mediación es su principal técnica de ADR. La EEOC ha animado a los organismos federales a experimentar con otras formas de ADR, incluida una combinación de técnicas de ADR. Muchos organismos han establecido programas piloto para reducir el tiempo de procesamiento de quejas de EEO y mejorar la satisfacción general de los participantes.

¿Por qué es beneficiosa la ADR?

Los organismos y los reclamantes se han dado cuenta de que utilizar ADR durante el proceso de EEO tiene muchas ventajas. La ADR les ofrece a las partes la oportunidad de acceder a una resolución temprana e informal de disputas de una manera mutuamente satisfactoria. En lugar de recibir una decisión de un tercero desconocido, como un juez administrativo, las partes tienen la oportunidad de redactar su propio acuerdo de manera que satisfaga las necesidades de ambos. La ADR no solo proporciona una resolución beneficiosa para las dos partes, sino que, normalmente, también cuesta menos y utiliza menos recursos que los procesos administrativos o resolutorios tradicionales. Por ejemplo, los reclamantes podrían evitar costosos honorarios de abogados y el organismo podría minimizar el uso de investigadores, personal jurídico, tiempo oficial y honorarios del escribano del tribunal. Además, dado que las partes usan la ADR durante las etapas iniciales del proceso de EEO, una resolución evitará varios años de litigio en procesos administrativos y judiciales. Como resultado, la relación laboral del reclamante puede mejorar en lugar de deteriorarse debido a batallas legales constantes, y la confianza general del empleado puede mejorar cuando el organismo se muestre abierto y cooperativo para intentar resolver las disputas de EEO.

¿Cómo funciona el proceso de ADR?

Las reglamentaciones revisadas no exigen que los organismos federales lleven a cabo una ADR en cada caso de EEO; en cambio, los organismos tienen la libertad de decidir a qué casos de EEO se les ofrece una ADR. Los reclamantes no pueden presentar una queja nuevo basado en la negación del organismo a ofrecer ADR en su caso en particular.

Si el organismo ofrece una ADR durante la etapa previa a la queja o durante la etapa informal del proceso de EEO, el reclamante puede elegir entre participar en el programa de ADR o en las actividades de asesoramiento de EEO tradicionales. Una vez que el reclamante decida participar en el programa de ADR, todas las actividades de asesoramiento de EEO se darán por terminadas. También es importante destacar que elegir la ADR aumenta el período de procesamiento previo a la queja de EEO de 30 a 90 días. En caso de que el asunto concluya sin resolución después de los 90 días, el organismo realizará una entrevista final y emitirá una notificación de derecho a presentar una queja formal para el reclamante.

Si el reclamante presenta un relamo, el organismo también puede decidir ofrecer una ADR durante la etapa de queja formal. El período de procesamiento de 180 días para la etapa de queja formal puede aumentar 90 días adicionales a fin de llevar a cabo una ADR, si las partes aceptan hacerlo por escrito.

Las reglamentaciones revisadas han establecido ciertos principios centrales que deben incorporarse en cada programa de ADR del sector federal. El requisito predominante es que el programa de ADR sea imparcial. La imparcialidad requiere voluntariedad, neutralidad, confidencialidad y aplicación.

  1. La voluntariedad significa que las partes (en este contexto, el reclamante y el organismo) a sabiendas y en forma voluntaria participan en un proceso de ADR y que tienen la oportunidad de poner fin al proceso en cualquier momento. En este sentido, cuando el proceso de ADR finaliza, los reclamantes pueden reingresar al proceso de queja de EEO tradicional a fin de continuar su reclamo. Además, cualquier acuerdo entre las partes se debe haber logrado sin coerción ni coacción.
  2. Neutralidad significa que el proceso de ADR es imparcial e independiente del control de cualquiera de las partes. Un tercero neutral que ayuda a las partes a llegar a un acuerdo no debe tener interés alguno en el resultado del proceso.
  3. Las partes y el tercero neutral deben mantener la confidencialidad de los procesos de ADR. Esto significa que la información sobre los hechos subyacentes de un proceso de ADR y los registros generados como parte de ese proceso no pueden formar parte del registro de quejas de EEO. La Ley de Resolución Alternativa de Disputas de 1996, Título 5, Sección 574§ del Código de Estados Unidos (U.S.C., por sus siglas en inglés), establece que las partes neutrales en los procedimientos de ADR no pueden revelar en forma voluntaria ni ser exigidos a revelar comunicaciones de la resolución de la disputa, con ciertas excepciones estatutarias. Para obtener información sobre la confidencialidad, consulte la guía desarrollada por el Grupo de trabajo interinstitucional de resolución alternativa de disputas del Departamento de Justicia en http://www.usdoj.gov/.
  4. A fin de llegar a un acuerdo de resolución ejecutable, el acuerdo debe hacerse por escrito y estar firmado por ambas partes. Las reglamentaciones revisadas en el Título 29, Parte 1614.504 del C.F.R. establecen procedimientos específicos mediante los cuales la EEOC ejecuta todos los acuerdos de resolución.

Nada de lo que se diga o haga durante los intentos de resolver el asunto a través de procesos de ADR puede ser objeto de una queja de EEO. Todas las inquietudes sobre la operación del programa de ADR del organismo se deben resolver comunicándose con el administrador del programa de ADR. Si el programa de ADR del organismo resulta discrepar con las reglamentaciones para el procesamiento de quejas de la EEOC y la MD-110, las personas pueden escribir a:

Director of Special Services Staff
U.S. Equal Employment Opportunity Commission
Office of Federal Operations
P.O. Box 77960
Washington, DC 20013