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Ley de Libertad de Información

Debido a la pandemia del coronavirus COVID-19, es posible que experimente demoras al recibir un reconocimiento inicial, así como una respuesta sustantiva a su solicitud o apelación de la FOIA. Lamentamos las molestias y agradecemos su comprensión y paciencia.

La Ley de Libertad de Información (Freedom of Information Act, FOIA) es una ley que permite que cualquier persona solicite copias de los registros del gobierno federal, incluidos los registros de la Comisión para la Igualdad de Oportunidades (Equal Employment Opportunity Commission, EEOC). Sección 552, Título 5 del Código de los Estados Unidos (U.S.C.)

La EEOC pone a disposición del público muchos registros en su sitio web principal, como cartas informales de debate y documentos de orientación. Los documentos también se encuentran disponibles en la Biblioteca digital de FOIA (una colección electrónica) y en las bibliotecas físicas ubicadas en la sede de la EEOC (131 M Street, N.E., Suite 4SW16N, Washington, D.C. 20507) y en las oficinas del distrito. Antes de solicitar un documento a través de la FOIA, verifique si está disponible en alguno de estos lugares.

Limitaciones

Algunos registros de la EEOC son confidenciales y no se divulgarán. Por ejemplo, LA EEOC NO DIVULGARÁ LO SIGUIENTE:

  • Registros de expedientes de cargos por discriminación en el empleo antes de que la EEOC complete la investigación.
  • Registros de investigación de expedientes de cargos por discriminación en el empleo a un tercero (alguien que no es parte del caso), incluida la prensa. (A continuación, se indican otras normas con respecto a las solicitudes de expedientes de cargos).
  • Un informe de la EEO del empleador, a menos que haya presentado una demanda por un cargo de discriminación por motivos de raza, color, nacionalidad, sexo o religión contra el empleador (un cargo del Título VII).
  • Información personal que pueda invadir la privacidad de alguien (como el número de Seguro Social de otra persona).
  • Registros que muestren la toma de decisiones interna de la EEOC. Por ejemplo, no divulgaremos información que revele cómo la EEOC decide si litigar un cargo, o los primeros borradores de guías u otros documentos de políticas.

Para obtener más información sobre lo que se puede ocultar según la FOIA, consulte ¿Qué tipos de registros de la EEOC no se divulgan al público?

Expedientes de cargos

Se aplican normas especiales a las solicitudes de registros relacionados con un cargo por discriminación que se haya presentado ante la EEOC (una recopilación de todos los registros relacionados con un cargo se denomina "expediente de cargos").

Solo puede solicitar un expediente de cargos si usted es la persona que presentó el cargo (la "parte acusadora") o el empleador acusado de discriminación (el "demandado"), y si la EEOC ha completado la investigación del cargo por discriminación en el empleo.

  • Una parte acusadora puede solicitar un expediente de cargos hasta 90 días después de recibir una carta de aviso de derecho a demandar, que la EEOC enviará después de que finalice la investigación del caso y decida no tomar más medidas. Una parte acusadora también puede solicitar una copia del expediente después de presentar una demanda por discriminación en el empleo contra el demandado en un tribunal federal o estatal.
  • Un demandado puede solicitar una copia de un expediente de cargos solo después de que la parte acusadora haya presentado una demanda en su contra en un tribunal federal o estatal.

Si solicita un expediente de cargos, puede optar por realizar una solicitud conforme a la "Sección 83" en lugar de una solicitud asociada a la FOIA. Una solicitud conforme a la Sección 83 se procesará con mayor rapidez, pero no recibirá una explicación de por qué no se revela cierta información en el expediente, si corresponde, y no tendrá derecho a apelar la decisión de ocultar la información. Puede encontrar más información sobre la Sección 83, incluidas las instrucciones sobre cómo presentar una solicitud conforme a la Sección 83, en Presentar una solicitud o apelación.

Para realizar una solicitud conforme a la Sección 83 o asociada a la FOIA, consulte Presentar una solicitud o apelación.

Para obtener información más detallada sobre la FOIA, consulte Recursos.

Solicitudes / apelaciones de FOIA en línea

Presentar una nueva solicitud o apelación FOIA en nuestro nuevo sistema FOIA.

Revisar el estado de solicitud o apelación FOIA presentada antes de Febrero 1, 2021.


Centro de servicio para solicitantes de FOIA

Comuníquese con el Centro de Servicio al Solicitante si tiene preguntas e inquietudes con respecto a las solicitudes de la FOIA y la Sección 83.

LLAMADA GRATUITA: 1-833-827-2920 (Toll-Free)

Oficina de la sede: 202-921-2541


Enlace público FOIA

Comuníquese con el Enlace público FOIA para discutir cualquier aspecto de su solicitud o apelación, o resolución de disputa FOIA

202-921-2542

 

Para Información General Acerca de FOIA

Oficina de Política de Información del Departamento de Justicia (OIP): 202-514-3642

Oficina de Servicios de Información Gubernamental (OGIS):  202-741-5770