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Apelaciones

Usted tiene derecho a apelar una orden final de la agencia (incluida una orden final que desestime su queja) ante la Oficina de Operaciones Federales de la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, por sus siglas en inglés). Deberá presentar su apelación a más tardar 30 días después de la recepción de la orden final. Si envía la apelación por correo, la fecha del sello postal del Servicio Postal de Estados Unidos es la fecha que usamos como el día de presentación de la apelación.

Dónde enviar su apelación o declaración a favor o en contra de la apelación

Deberá enviar su apelación o declaración a favor o en contra de la apelación a la siguiente dirección:

Equal Employment Opportunity Commission
Office of Federal Operations
P.O. Box 77960
Washington D.C. 20013

Si su apelación o declaración tiene 10 páginas o menos, podrá enviarla por fax a la Oficina de Operaciones Federales al (202) 663-7022.

También podrá entregar personalmente la apelación en la siguiente dirección:

Equal Employment Opportunity Commission
Office of Federal Operations
131 M Street, N.E.
Washington D.C. 20507

Deberá entregarle una copia de su apelación a la agencia, y certificar cómo y cuándo le entregó dicha copia.

Formulario utilizado para presentar la apelación

Para presentar su apelación, deberá utilizar el Formulario 573 de la EEOC, Notificación de apelación/petición. Este formulario se encuentra en el Apéndice K de la Directiva Administrativa 110 de la EEOC y está disponible en el sitio web de la EEOC en http://www.eeoc.gov/federal/md110/appendixk.html.

Presentación de una declaración a favor o en contra de una apelación

No tiene la obligación de enviar una declaración a favor (o en contra) de una apelación, pero podrá hacerlo si lo desea. Si decide enviar una declaración, deberá hacerlo en un plazo de 30 días a partir de la fecha en que presentó su apelación, o bien, si es una declaración en contra de una apelación, en un plazo de 30 días a partir de la fecha en que recibió una declaración a favor de la apelación de la otra parte del caso. Si envía su declaración por correo, la fecha del sello postal del Servicio Postal de Estados Unidos es la fecha que usamos como el día de presentación de la declaración.

Si necesita más tiempo para enviarnos la declaración, puede solicitarlo por escrito. La solicitud deberá enviarse (con sello postal o por fax, y recibirse) antes de que se cumpla el plazo de 30 días. En la solicitud, deberá describir el motivo por el cual necesita más tiempo. Podrá enviar por fax la solicitud de tiempo adicional a la Oficina de Operaciones Federales al (202) 663-7022.

Cómo decide la EEOC una apelación

Los abogados de la EEOC revisan todo el expediente, incluida la investigación de la agencia, la decisión del juez administrativo, la transcripción de lo que se dijo en la audiencia (si hubo una audiencia) y todas las declaraciones correspondientes presentadas por las partes para la apelación. Si hubo una audiencia, los hechos que decidió el juez administrativo se considerarán correctos, salvo que el expediente demuestre claramente que el juez administrativo cometió un error.

Como regla general, la EEOC no considerará nuevas pruebas sobre la apelación, salvo que usted pueda demostrar que las pruebas no estaban razonablemente disponibles cuando se tomó la decisión de la agencia.

La Oficina de Operaciones Federales (OFO, por sus siglas en inglés) de la EEOC emite la mayoría de las decisiones de apelaciones. En algunas ocasiones, como cuando un caso presenta una cuestión que la EEOC no decidió anteriormente, la Comisión emitirá una decisión. Independientemente de si la OFO o los comisionados la emiten, la decisión de apelación representa la posición oficial de la EEOC sobre el asunto decidido. No se emiten opiniones disidentes oficiales.

¿Cómo puedo averiguar el estado de mi apelación?

Si desea averiguar el estado de su apelación, comuníquese con nuestra Oficina de Operaciones Federales al (202) 663-4599. Cuando llame, tenga a mano el número de apelación de la EEOC de ocho dígitos para que nos resulte más sencillo brindarle la información.

Lo que sucede si la agencia no cumple la decisión de la EEOC sobre la apelación

En la mayoría de los casos, las agencias le deberán conceder la reparación otorgada en el plazo ordenado por la EEOC en su decisión sobre la apelación. Si la agencia no le concede la reparación en esos plazos, usted podrá presentar una petición de cumplimiento ante la EEOC o interponer una demanda en el tribunal para exigir el cumplimiento del laudo.

Si la agencia no cumple la decisión de apelación de la EEOC, usted podrá enviar una petición de cumplimiento a la siguiente dirección:

Equal Employment Opportunity Commission
Office of Federal Operations
131 M Street, N.E.
Washington D.C. 20507

Existe una excepción a esta regla general. Una agencia no tendrá que proporcionar la reparación otorgada por un juez administrativo o la EEOC relativa a la apelación mientras la EEOC esté tomando la decisión sobre la apelación presentada por la agencia sobre ese laudo. En tales casos, si la agencia pierde su apelación, por lo general, la agencia tendrá que pagarle intereses por el monto de dinero al que usted tenga derecho como parte del laudo.

EEOC Public Portal

You can use the EEOC's Public Portal to file and manage hearings and appeals of EEO complaints.

If you have questions about using the EEOC's Public Portal related to a charge of discrimination, you can search for answers in

And in these User Guides:

For online technical support:

Email: digitalsupport@eeoc.gov

Call: 1-800-569-7118.