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Audiencias

Una vez concluida la investigación, la agencia le enviará una notificación en la que se le darán dos opciones: solicitar una audiencia ante un juez administrativo de la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, por sus siglas en inglés) o solicitarle a la agencia que emita una decisión respecto de si hubo o no discriminación. Si le solicita a la agencia que emita una decisión y se determina que no hubo discriminación, o si no está de acuerdo con alguna parte de la decisión, podrá apelar la decisión ante la EEOC o refutarla en un tribunal de distrito federal.

Solicitud de audiencia

Si desea solicitar una audiencia, deberá realizar la solicitud por escrito en un plazo de 30 días a partir de la fecha en que reciba la notificación de la agencia sobre sus derechos a audiencia. La agencia le enviará esa notificación en cuanto haya concluido la investigación. Si transcurrieron más de 180 días desde que presentó su queja y la agencia aún no finalizó la investigación, usted podrá solicitar una audiencia en cualquier momento.

Presentación de una demanda

También tiene derecho a interponer una demanda en cualquier momento una vez transcurrido el período de investigación de 180 días, incluso si su queja está presentada ante un juez administrativo de la EEOC. Sin embargo, tenga en cuenta que, una vez que interponga una demanda, la EEOC cerrará su queja y no tomará ninguna otra medida.

Dónde enviar la solicitud de audiencia

Deberá enviar la solicitud de audiencia a la oficina local de la EEOC que tenga jurisdicción sobre su queja. La agencia le indicará qué oficina de la EEOC tiene jurisdicción cuando le envíe la notificación sobre sus derechos de audiencia, o bien usted podrá solicitarle a la Oficina de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEO, por sus siglas en inglés) de la agencia que le brinde esa información. Usted deberá proporcionarle a la Oficina de EEO de la agencia una copia de su solicitud de audiencia.

Procedimiento tras la recepción de la solicitud de audiencia

Una vez que la oficina local correspondiente de la EEOC reciba su solicitud, le enviaremos un número de causa para su caso y le solicitaremos a la agencia que nos envíe una copia de su archivo. También le solicitaremos a la agencia, si aún lo ha hecho, que le envíe a usted una copia del archivo. Luego, se le asignará su caso a un juez administrativo de la EEOC.

Enmienda de una queja presentada ante un juez administrativo de la EEOC

Si su queja ya fue enviada a un juez administrativo de la EEOC, deberá comunicarse con el juez administrativo para agregar cualquier nuevo acontecimiento a su queja.

Quejas múltiples

Si una de sus quejas ya fue remitida a un juez administrativo de la EEOC, podrá solicitarle a dicho juez que combine otras quejas suyas que usted considere relacionadas con la queja en la que el juez administrativo interviene.

Información general sobre cómo funciona una audiencia

El propósito de una audiencia es dejar constancia plena y precisa en el expediente de todos los acontecimientos planteados en su queja. Luego, el juez administrativo de la EEOC usará ese expediente para decidir si ocurrió discriminación. El juez administrativo toma todas las decisiones respecto de cómo, cuándo y dónde se llevará a cabo la audiencia. El lugar donde se llevará a cabo la audiencia dependerá de dónde vive usted y de dónde se encuentran los testigos y los expedientes. Dado que la audiencia está cerrada al público, el juez administrativo solo permitirá que las personas que conozcan los acontecimientos planteados en su queja asistan a la audiencia.

Pasos que se deben seguir para prepararse para la audiencia

Usted y la agencia tendrán la oportunidad de presentar pruebas que el juez administrativo usará para decidir el caso. Antes de la audiencia, usted y la agencia podrán solicitar información y documentos. Si el juez administrativo considera que las pruebas solicitadas por alguna de las partes no son pertinentes, son difíciles de proporcionar o ya se han proporcionado, podrá rechazar la solicitud o solicitar que esta se simplifique. El juez administrativo también podrá solicitarle a usted o a la agencia que presente pruebas que considera importantes para el caso. Este intercambio de información antes de la audiencia es para garantizar que se realice la investigación de su queja.

En la audiencia

En la audiencia, usted y otros testigos aprobados por el juez administrativo le contarán al juez lo sucedido. Un taquígrafo judicial creará una transcripción de todo lo dicho en la audiencia. Usted podrá interrogar a los testigos, al igual que el juez administrativo.

Situación tras la finalización de la audiencia

Después de la audiencia, el juez administrativo le enviará una decisión y ordenará la reparación que sea necesaria. Recibirá la decisión en un plazo de 180 días a partir de la fecha en que solicitó la audiencia. El juez administrativo les enviará a usted y a la agencia una copia de la decisión, junto con la transcripción de lo que se dijo en la audiencia.

Una vez que el juez administrativo de la EEOC tome una decisión, la agencia tendrá 40 días para emitir una orden final, mediante la cual aceptará o rechazará la decisión del juez administrativo. La orden final de la agencia también incluirá información sobre su derecho a apelar ante la EEOC, su derecho a presentar una acción civil ante un tribunal de distrito federal y la fecha límite para presentar la apelación y la acción civil. Además, le indicará si la agencia concederá la reparación que ordenó el juez administrativo.

Si la agencia no acepta la decisión o no coincide con parte de la decisión del juez administrativo, esta deberá presentar una apelación ante la Oficina de Operaciones Federales de la EEOC.

Si la agencia no emite una orden final en un plazo de 40 días, la decisión del juez administrativo será la medida final de la agencia respecto de la queja.

Recursos

Si se determina que hubo discriminación, el juez administrativo de la EEOC ordenará un recurso que pondrá a la victima de discriminación en la misma (o prácticamente en la misma) situación en la que se habría encontrado si no hubiera ocurrido nunca un acto de discriminación. Los tipos de reparación variarán en función del acto discriminatorio ocurrido y del efecto que este tuvo en la víctima. Si usted no fue seleccionado para un empleo o un ascenso por motivos de discriminación, por ejemplo, el recurso podría incluir obtención del empleo, pago retroactivo y beneficios que habría recibido, honorarios del abogado si tuvo un abogado y un posible monto de dinero otorgado por el daño que causó la discriminación.

Concertación de un acuerdo voluntario

Si su queja ya está presentada ante un juez administrativo de la EEOC, el juez administrativo podrá solicitarles a usted y a la agencia que intenten llegar a un acuerdo respecto de su queja, y quizá les conceda a usted y a la agencia tiempo para elaborar de forma independiente los términos de un posible convenio.

Si usted y la agencia llegan a un acuerdo respecto de su queja, esta será desestimada y no se tomará ninguna otra medida. Usted y la agencia deberán cumplir lo prometido en el convenio. Usted no está obligado a aceptar una oferta de acuerdo.

Incumplimiento del acuerdo por parte de la agencia

Si una agencia no cumple de algún modo con los términos de su convenio de conciliación, notifique al director de EEO de la agencia. Tendrá 30 días a partir de la fecha en que tomó por primera vez conocimiento del incumplimiento por parte de la agencia para notificar debidamente al director de EEO.

La agencia deberá responderle por escrito para intentar resolver el conflicto. Si la agencia no responde o si usted no está conforme con la respuesta de la agencia, podrá apelar ante la Oficina de Operaciones Federales de la EEOC para que se emita una decisión sobre si la agencia ha cumplido o no con los términos del convenio de conciliación. Usted deberá presentar su apelación en un plazo de 30 días a partir de la fecha en que reciba la respuesta de la agencia o, si la agencia no responde, transcurridos 35 días desde la fecha en que notificó al director de EEO de la agencia el incumplimiento de la agencia. Deberá entregarle a la agencia una copia de su apelación. Luego, la agencia tendrá 30 días para responder.

Desestimación de la queja

Si un juez administrativo de la EEOC considera que su queja no reúne determinados requisitos relativos al procedimiento (por ejemplo, su queja fue presentada demasiado tarde), el juez administrativo podrá desestimar su queja sin una audiencia.

Si un juez administrativo desestima su queja, para poder apelar ante la EEOC, usted deberá esperar hasta que la agencia le envíe una orden en la que diga que está de acuerdo con la desestimación. Tendrá 30 días a partir de la fecha en que reciba la desestimación de la agencia para poder apelar.

En algunos casos, un juez administrativo desestimará solo parte de la queja y seguirá procesando el resto. En tal situación, usted deberá esperar hasta que la agencia emita su orden final sobre todas las reclamaciones incluidas en su queja antes de poder apelar la desestimación parcial.

Lo que sucede si la agencia no cumple su propia orden final

Si la agencia no cumple su orden final, usted deberá comunicarse con el director de EEO de la agencia. Tendrá 30 días a partir de la fecha en que tome conocimiento del incumplimiento por parte de la agencia de su propia orden para notificar al director de EEO de la agencia. Si la agencia no responde transcurridos 35 días, usted podrá presentar una apelación ante la Oficina de Operaciones Federales de la EEOC para alegar incumplimiento. Si la agencia responde, usted tendrá 30 días a partir de la fecha en que reciba la respuesta de la agencia para poder presentar una apelación.

En la mayoría de los casos, las agencias le deberán conceder la reparación otorgada en el plazo ordenado por el juez administrativo en su decisión. Si la agencia no le concede la reparación en ese plazo, usted podrá presentar una petición de cumplimiento ante la EEOC o interponer una demanda en el tribunal para exigir el cumplimiento del laudo.

Existe una excepción a esta regla general. Una agencia no tendrá que proporcionar la reparación otorgada por un juez administrativo mientras la EEOC esté tomando la decisión sobre la apelación presentada por la agencia sobre ese laudo. En tales casos, si la agencia pierde su apelación, por lo general, la agencia tendrá que pagarle intereses por el monto de dinero al que usted tenga derecho como parte del laudo.

EEOC Public Portal

You can use the EEOC's Public Portal to file and manage hearings and appeals of EEO complaints.

If you have questions about using the EEOC's Public Portal related to a charge of discrimination, you can search for answers in

And in these User Guides:

For online technical support:

Email: digitalsupport@eeoc.gov

Call: 1-800-569-7118.