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Proceso de la FOIA de la EEOC

  1. Las solicitudes deben presentarse por escrito
  2. Las solicitudes deben presentarse por escrito (no es necesario ningún formulario ni formato en particular), deben describir razonablemente los registros o la información buscados y cumplir con las reglamentaciones de la Ley de Libertad de Información (FOIA, por sus siglas en inglés) y de la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, por sus siglas en inglés) que se establecen en la Parte 1610, Título 29 del Código de Reglamentaciones Federales (C.F.R., por sus siglas en inglés), http://www.access.gpo.gov (En Inglés)

    Las partes accionantes pueden solicitar sus archivos durante los 90 días posteriores a la expedición del Aviso de derecho a demandar. Una vez que ha caducado el período de 90 días, debe enviarse una queja judicial marcada como "Archivada" junto con la solicitud para obtener acceso.

  3. Las solicitudes deben llevar la leyenda "Solicitud asociada a la FOIA" en la solicitud y en su portada
  4. Puede enviar su solicitud por escrito a la EEOC por correo (131 M. Street, NE, Washington, D.C. 20507), por correo electrónico (FOIA@eeoc.gov), por fax (202-663-4679) o a través de Internet (https://egov.eeoc.gov/foia/). Las direcciones de correo electrónico de la FOIA de cada Oficina de Distrito se encuentran en http://www.eeoc.gov/field o en https://egov.eeoc.gov/foia/. Hay información disponible acerca de la FOIA en el sitio web de la EEOC en http://eeoc.gov/spanish/.

  5. Carta de acuse de recibo
  6. Recibirá una carta de acuse de recibo de la EEOC en el término de 10 días calendario de la recepción de su solicitud. La carta incluirá información de contacto, la fecha prevista de nuestra respuesta y un número de seguimiento de la FOIA.

  7. La EEOC puede demorar 20 días hábiles en responder una solicitud "perfeccionada". Una solicitud "perfeccionada" cumple con las reglamentaciones de la EEOC y de la FOIA. La EEOC puede comunicarse con usted para "perfeccionar", aclarar o resolver cualquier asunto relacionado con las tasas que afecte su solicitud.
  8. SOLICITUDES ASOCIADAS A LA FOIA
  9. La EEOC:

    1. Difundirá los documentos en su totalidad;
    2. Difundirá los documentos en forma parcial;
    3. Retendrá los documentos en su totalidad o
    4. Informará que no se encontraron los registros correspondientes.
  10. Si no está de acuerdo con la resolución de la EEOC, envíe una apelación asociada a la FOIA a la Oficina del Asesor Legal para recusar los registros retenidos. En el término de 30 días calendario de la recepción de la resolución. La apelación debe presentarse por escrito y debe constar la leyenda "APELACIÓN ASOCIADA A LA FOIA" en la apelación y en su portada. Todas las apelaciones asociadas a la FOIA se tramitan ante la Oficina del Asesor Legal en la oficina central de la EEOC en Washington, D.C.
  11. Apelación asociada a la FOIA
  12. La EEOC:

    1. Hará lugar a su apelación y difundirá más registros o
    2. Rechazará su apelación y continuará reteniendo información.

    El organismo puede demorar veinte (20) días hábiles en responder, a menos que se le notifique que la EEOC ha tomado una prórroga.

  13. Mediación
  14. El solicitante o el organismo pueden solicitar mediación a través de la Oficina de Servicios de Información Gubernamental en http://www.archives.gov/ogis/ (En Inglés).

  15. Si no está de acuerdo con la decisión tomada con respecto a su apelación, usted puede solicitar una revisión judicial en un tribunal federal de distrito.