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Cobertura de Empleadores Empresariales/Privados

Cobertura General

Si tiene una queja contra una empresa (o cualquier otro empleador privado) que comprenda raza, color, religión, sexo (incluyendo orientación sexual, identidad de género y embarazo), origen nacional, discapacidad o información genética (incluyendo historia médica familiar), la empresa está cubierta por las leyes que ejecutamos si tiene 15 empleados o más que hayan trabajado para el empleador durante el menos veinte semanas calendario (este año o el año pasado).

Discriminación por Edad y Cobertura

Si su queja incluye discriminación por edad, la empresa está cubierta por las leyes que ejecutamos si tiene 20 empleados o más que hayan trabajado para la compañía durante al menos veinte semanas calendario (este año o el año pasado).

Ley de Igualdad Salarial y Cobertura

Prácticamente, todos los empleadores están cubiertos por la Ley de Igualdad Salarial (EPA, por sus siglas en inglés), que establece que es ilegal pagar salarios diferentes a hombres y a mujeres que desempeñan trabajos sustancialmente iguales en el mismo lugar de trabajo.

Cómo Establecer la Cobertura de Empleadores Empresariales/Privados

Determinar si un empleador está cubierto o no puede ser complicado. Si no está seguro acerca de si existe cobertura, debe comunicarse a una de nuestras oficinas regionales cuanto antes para que podamos establecerlo. También es importante tener en cuenta que, si un empleador no está cubierto por las leyes que ejecutamos, puede estar cubierto por una ley antidiscriminación estatal o local. Si este es el caso, podemos derivarlo al organismo estatal o local que aplica esa ley.